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Unidades administrativas a nivel de servicio o equivalentes, especificando responsable y funciones

Órgano

3 Concejalía de gobierno del Área de Desarrollo Estratégico, Sostenibilidad y Energía, Parques y Jardines y Sector Primario

Servicio

3.1.2 Servicio de Mantenimiento de Infraestructuras Verdes

Responsable

VACANTE

Corresponde al Servicio de Mantenimiento de Infraestructuras Verdes:

-          Desarrollo, mantenimiento y conservación de las fuentes ornamentales, bancos de madera (o cualquier otro material que no sea de obra), parques infantiles, áreas biosaludables, monumentos de titularidad municipal, y de las zonas y espacios verdes ajardinados y renaturalizados en suelo de titularidad municipal.

-          Contribuir al diseño, mejorar el equipamiento y asegurar el adecuado mantenimiento del mobiliario urbano de la ciudad, armonizando estas actuaciones con el planeamiento municipal y con la política general de infraestructuras del Área de Gobierno, en orden a disponer de un mobiliario urbano homogéneo, decoroso y coherente con el planeamiento, que aporte valores estéticos, sostenibles y funcionales y traiga consigo una repercusión positiva en la mejora de la calidad de la vida de la ciudadanía en el entorno urbano.

Funciones en materia de parques y jardines:

  1.        La promoción, creación, reforma y desarrollo de las infraestructuras verdes y áreas caninas, en coordinación y colaboración con el área responsable de la planificación y desarrollo urbano municipales, con el objeto de conseguir una ciudad más adaptada al cambio climático y sus consecuencias.
  2.        Mantenimiento, conservación y mejora de la infraestructura verde de la ciudad, así como su gestión sectorial y la actividad de divulgación y educación vinculadas, elaborando y manteniendo actualizado el catálogo de especies vegetales y árboles singulares, en relación con el Catálogo Municipal de Protección y de las Zonas de Interés Medioambiental del Plan General de Ordenación.
  3.        Redactar y tramitar, si fuera necesario, las ordenanzas municipales en materia de parques y jardines, espacios ajardinados y arbolado.
  4.        Rotulación de especies vegetales en zonas verdes del entorno urbano
  5.        Realizar estudios de viabilidad y análisis de necesidades para la creación de nuevos espacios verdes en colaboración con el área responsable de la planificación y desarrollo urbano.
  6.        Supervisar y establecer protocolos de actuación en el control de plagas y enfermedades que afecten a la vegetación, no sujetos al control de plagas de Salud Pública.
  7.        Desarrollar programas de sensibilización dirigidos a la comunidad, promoviendo el cuidado y valoración de los espacios verdes.
  8.        Implementar prácticas de gestión sostenible en el mantenimiento de los espacios verdes, como el uso de técnicas de jardinería ecológica y la reducción del consumo de agua y energía.
  9.        Promover la biodiversidad mediante la selección de especies vegetales autóctonas y la creación de hábitats adecuados para la fauna local.
  10.    Colaborar con otros departamentos municipales y entidades externas en proyectos de conservación medioambiental y recuperación de áreas degradadas.
  11.    Promover el uso responsable y seguro de las infraestructuras verdes fomentando el respeto por la naturaleza, y prohibiendo aquellas actividades que puedan dañar el entorno
  12.    Establecer programas de seguimiento y evaluación de la salud del arbolado y delas infraestructuras verdes urbanas.
  13.    Integrar medidas de adaptación al cambio climático en la gestión de los espacios verdes, como la selección de especies vegetales resistentes a condiciones extremas y la creación de zonas de sombra y refugio para la fauna.
  14.    Llevar a cabo la elaboración y mantenimiento del inventario de las zonas y espacios verdes de la ciudad.
  15.    Mantener los parques urbanos, zonas ajardinadas, vegetación de los espacios deportivos, zonas periurbanas, áreas caninas, arbolado viario, maceteros, jardines verticales.
  16.    Informar los proyectos de obras públicas ordinarias y de urbanización en relación con las instalaciones de riego e infraestructuras verdes, en su caso, con carácter previo a su aprobación y realizar su seguimiento hasta la finalización.
  17.    Emitir los informes previos a la recepción de las obras de urbanización, en lo relativo a las instalaciones de riego e infraestructuras verdes, en su caso.
  18.    Evaluar y tasar los daños derivados de obras públicas o privadas en las infraestructuras verdes, para posibles reclamaciones.
  19.    Fiscalizar y tramitar el abono del consumo municipal del agua.
  20.    Señalética de sensibilización y concienciación ciudadana sobre cuidados de entornos verdes de proximidad.
  21.    Promoción del vivero municipal
  22.    Arreglo, mantenimiento y conservación de los muros y taludes existentes en los parques y jardines cuya gestión sea competencia del Área de Gobierno.

Funciones en materia de mobiliario urbano:

  1.        Llevar a cabo la planificación, redacción y ejecución de proyectos de fuentes ornamentales y transitables, incluida su iluminación, en espacios ya urbanizados.
  2.        Llevar a cabo la planificación, redacción y ejecución de parques infantiles y aparatos biosaludables y sus estructuras de sombras asociadas en espacios, ya urbanizados.
  3.        Llevar a cabo la gestión y actualización de inventarios técnicos de las infraestructuras correspondientes al mobiliario urbano de titularidad municipal en espacios públicos municipales: bancos de madera o de cualquier otro material que no sea de obra, aparatos biosaludables y aparatos deportivos (excluidos calistenia y aparatos de peso libre), parques infantiles, fuentes ornamentales y transitables, y monumentos artísticos públicos en espacios municipales.
  4.        Redactar y tramitar las ordenanzas municipales en materia de mobiliario urbano.
  5.        Llevar a cabo el mantenimiento de las fuentes comprendiendo también su iluminación, los parques infantiles y los juegos biosaludables y aparatos deportivos (excluidas calistenias y aparatos de peso libre) y los bancos de madera o de cualquier otro material que no sea de obras y sus estructuras de sombras asociadas, en los espacios públicos municipales
  6.        Llevar a cabo el diseño y mantenimiento de la señalética de sensibilización y concienciación ciudadana sobre cuidados de entornos de proximidad vinculados con los espacios públicos ajardinados y mobiliario urbano
  7.        Llevar a cabo el mantenimiento de esculturas, obras de arte y mobiliario urbano de titularidad municipal con valor artístico, en vía pública municipal.
  8.        Supervisar y fiscalizar concesiones administrativas municipales de ocupación del espacio público con elementos de mobiliario privativo con publicidad.
  9.        Emitir informes previos a la instalación de mobiliario urbano municipal y no municipal para su instalación en la vía pública.
  10.    Evaluar y tasar daños sobre los elementos del mobiliario urbano durante eventos privados con cesión del espacio, para posibles reclamaciones.

Funciones en materia de Energía

Está adscrito al Área de Gobierno la Agencia Local Gestora de la Energía (ALGE), organismo autónomo local para la gestión de aquellas competencias que ostenta el Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria en materia de energía.

 

Responsable:Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria
Actualizado:26/03/2026
Datos desde:01/01/2019
Tipo:Unidades administrativas a nivel de servicio o equivalentes, especificando responsable y funciones
Categoría:Organizativa
Subcategoría:Unidades Administrativas a nivel de servicio
Referencia normativa:

Art. 6.1 Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.